- Reinscripción de asignaturas y cambio de grupo en tiempo: Proceso mediante el cual los alumnos inscritos en el programa formalizan la continuación se sus estudios en cada periodo escolar. Art. 32.
- Corrección de Calificaciones: Proceso mediante el cual el alumno solicita al docente la corrección de calificaciones en caso de existir alguna inconformidad. El alumno cuenta con cinco días hábiles a partir de la comunicación de los resultados de las evaluaciones para solicitar por escrito la rectificación correspondiente. Art. 79.
- Rectificación de Calificaciones: Proceso mediante el cual el alumno expone y solicita al coordinador de programa la rectificación de una calificación por la cual presenta inconformidad. Art. 80.
- Reactivación de Kárdex: Proceso mediante el cual el alumno que ha interrumpido temporalmente sus estudios decide reanudarlos. Si el alumno se encuentra inactivo por más de dos años deberá de acudir primeramente con el coordinador de programa para que éste lo oriente y le comunique las asignaturas que podrá cursar, expidiendo el dictamen correspondiente. En caso de que haya cambiado el plan de estudios durante el periodo que estuvo inactivo deberá solicitar conmutación y sujetarse a lo dispuesto en el reglamento escolar. Art. 40.
- Baja Voluntaria: Suspensión temporal en una o más de las asignaturas en las que el alumno esté inscrito en un período escolar. Es importante que imprimas el correo de confirmación de la baja que se enviará desde tu portal de alumno al correo institucional. En caso de realizar la baja en ventanilla solicita la papeleta de baja donde firmas de conformidad. Las asignaturas de las cuales te des de baja, se cobrarán al doble la próxima vez que te inscribas a ellas. Art. 59.
- Baja por Enfermedad: Suspensión temporal de las asignaturas en las cuales el alumno esté inscrito en un período escolar debido a una incapacidad médica. La Dirección y Subdirección de Servicios Escolares deberán aprobar la solicitud de baja por enfermedad, según sea el caso. Art. 59.
- Examen con Derecho de Pasante: Evaluación que puede presentar un alumno por única ocasión cuando tiene un máximo de dos asignaturas sin acreditar, para obtener la totalidad de los créditos contemplados en el plan de estudios. Si la calificación que obtuvo el es reprobatoria deberás inscribirse en la(s) asignatura(s) para cursarla y aprobarla. Art. 76.
- Examen Extraordinario Especial: Es la evaluación que se aplica al alumno que no acredita una asignatura en ninguna de las tres oportunidades de inscripción a las que tiene derecho. El alumno únicamente tiene derecho a esta evaluación una sola vez por asignatura. Art. 72.
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Revalidación de Estudios: Procedimiento mediante el cual se otorga reconocimiento oficial a estudios realizados en instituciones que no forman parte del sistema educativo nacional. Se deberá presentar cuando se requiera, constancia expedida por la Secretaria de Educación Pública en donde se reconozca la validez total o parcial de los estudios realizados. La revalidación podrá otorgarse hasta por el 50% de las asignaturas que conforman dicho plan de estudios.
Art. 42. -
Equivalencia de Materias: Procedimiento mediante el cual se otorga reconocimiento oficial a estudios realizados en instituciones que forman parte del sistema educativo nacional. En caso de estudios realizados en instituciones educativas de otros Estados, el certificado deberá estar legalizado por las autoridades gubernamentales de la entidad correspondiente. La equivalencia podrá otorgarse hasta por el 50% de las asignaturas que conforman dicho plan de estudios.
Art. 46. - Conmutación de Materias: Proceso mediante el cual se determinan las igualdades académicas entre las asignaturas y programas que se imparten en la propia Universidad y en las instituciones educativas de nivel superior incorporadas a su sistema. Art. 52. Podrá aplicarse cuando se trate de cambio de programa, segundo programa o programa simultáneo, así como en el caso de reanudación de estudios interrumpidos, si hubiese cambiado de plan de estudios. Art. 53 Nota: Para el trámite se requiere no haber causado baja definitiva. Art. 54.
- Cambio de Programa: Proceso mediante el cual el alumno opta por cambiar de programa debido a que presenta alguna de las siguientes situaciones:
- En una sola ocasión, por causar baja automática del programa anterior.
- En dos ocasiones, cuando sus intereses académicos hayan cambiado. Art. 63.
- Programa Simultáneo: Proceso mediante el cual el alumno opta por cursar otro programa de licenciatura adicional al que se encuentra inscrito. Acudir con el coordinador de programa de la licenciatura a la cual desea ingresar para obtener mayor información sobre el programa. Al momento de quedar inscrito en el nuevo programa se te asignará un número de expediente adicional, el cual utilizarás en la nueva licenciatura. Art. 66.
- Segundo Programa: Proceso mediante el cual el alumno opta por inscribirse en un segundo programa una vez que haya concluido el inicial. Al momento de quedar inscrito se te asignará nuevo número de expediente y se realizará la conmutación de asignaturas que tengan la misma clave entre ambos planes de estudios. Art. 67.
- Impresión de estados de cuenta: Documento en el cual se muestra el historial de los abonos, cargos y saldo por concepto de colegiatura, inscripción, servicios, entre otros, que presenta el alumno durante su estancia en la Universidad de Sonora. En caso de no poder presentarse a tramitar el documento podrá hacerse mediante apoderado que se identifique plenamente y entregue carta poder anexando copia de identificación del otorgante y el apoderado.El estado de cuenta también puede ser consultado desde el portal de alumno.
- Certificación de documentos académicos: Proceso mediante el cual se acredita como auténticos las copias de los documentos académicos que serán enviados a otras instituciones educativas nacionales o extranjeras para realizar estudios. Los documentos se entregan sellados y firmados por la Dirección de Servicios Escolares, en sobre oficial de la Institución, cerrado y sellado para que no sea alterado.